Nombramiento de Apoyos a Personas con Discapacidad
Todas las personas con discapacidad, mayores de edad tienen derecho a realizar actos jurídicos de manera independiente y a contar con las modificaciones y adaptaciones necesarias para realizar los mismos.
De acuerdo a los establecido en la Ley 1996 de 2019, las personas con discapacidad pueden tomar sus decisiones, expresar su voluntad y preferencia, obligarse y cumplir con sus obligaciones de manera autónoma, haciendo uso de apoyo, si así lo requieren.
En el Centro de Conciliación y Arbitraje Fundecol nombramos a un tercero como apoyo para la toma de decisiones.

De esta forma, este tercero, representa a la persona discapacitada, mayor de edad en:
- Tramitar y cobrar pensiones ante fondos pensionales.
- Representarlos ante autoridades judiciales o administrativas.
- Representarlos en la compra y venta de bienes inmuebles de su propiedad.
- Realizar cualquier tipo de acto de naturaleza:
- Jurídica, Civil, Familia, Laboral, Comercial o Administrativa.
- y ante entidades financieras, notariales, entidades de salud y gubernamentales.
El modo de comunicación de la persona no será un obstáculo para obtener el apoyo. De requerirse, podemos hacer uso de intérpretes.
Contamos con la tecnología necesaria para Audiencia virtuales.
Promovemos la igualdad y facilitamos el proceso para garantizarles el ejercicio de sus derechos.

Nombramiento de Apoyos a Personas con Discapacidad
Todas las personas con discapacidad, mayores de edad tienen derecho a realizar actos jurídicos de manera independiente y a contar con las modificaciones y adaptaciones necesarias para realizar los mismos.
De acuerdo a los establecido en la Ley 1996 de 2019, las personas con discapacidad pueden tomar sus decisiones, expresar su voluntad y preferencia, obligarse y cumplir con sus obligaciones de manera autónoma, haciendo uso de apoyo, si así lo requieren.
En el Centro de Conciliación y Arbitraje Fundecol nombramos a un tercero como apoyo para la toma de decisiones.
De esta forma, este tercero, representa a la persona discapacitada, mayor de edad en:
- Tramitar y cobrar pensiones ante fondos pensionales.
- Representarlos ante autoridades judiciales o administrativas.
- Representarlos en la compra y venta de bienes inmuebles de su propiedad.
- Realizar cualquier tipo de acto de naturaleza.
- Jurídica, Civil, Familia, Laboral, Comercial o Administrativa.
- y ante entidades financieras, notariales, entidades de salud y gubernamentales.
El modo de comunicación de la persona no será un obstáculo para obtener el apoyo, De requerirse, podemos hacer uso de intérpretes.
Contamos con la tecnología necesaria para Audiencia virtuales.
Promovemos la igualdad y facilitamos el proceso para garantizarles el ejercicio de sus derechos.